CLUB DOMINICANO DE CHARLOTTE INC.
CAPITULO PRIMERO, DOMICILIO Y DURACION DE LA SOCIEDAD
ART. 1.1 NOMBRE: Esta Sociedad, conforme a la declaración de sus fundadores, en Acta de fecha 21 de Junio de 2007, se nombra y denominará Club Dominicano de Charlotte Inc.
ART. 1.2 DOMICILIO: La Sociedad Club dominicano de Charlotte, Inc., tiene como domicilio provisional en el 3652 Smith Farm RD, Matthews NC 28104 y para sus correspondencias el P.O. Box 2556 Matthews NC 29106.
ART. 1.3 DURACION: La duración de esta Sociedad es por tiempo ilimitado y sólo podrá disolverse por una resolución tomada en armonía a lo dispuesto por el Artículo _____ de los Estatutos.
ART. 1.4 DESCRIPCION: Organización cívico cultural, recreativa y deportiva, sin fines de lucro, apolítica partidista y sin ninguna preferencia religiosa.
CAPITULO 2
OBJETIVOS Y FINES DE LA SOCIEDAD
ART. 2 OBJETIVOS Y FINES
2.1 Esta Sociedad tiene por objetivo principal difundir las costumbres Dominicanas, procurar el acercamiento y fraternidad entre los Dominicanos y las demás comunidades que residen en Carolina del Norte y en todos los Estados Unidos de Norte América.
2.2 Fomentar la cultura en todos sus órdenes, incentivar las disciplinas deportivas y cualquier actividad que lleve el sano esparcimiento a sus socios.
2.Mantener vivo el amor a la República Dominicana, sus símbolos patrios y valores culturales recordando sus fechas históricas y exaltando a sus héroes, a fin de transmitir el sentimiento de la nacionalidad a nuestros descendientes, a los miembros del club y otras comunidades.
2.4 Estimular el mejor comportamiento de los integrantes de la comunidad Dominicana, mediante el respeto a las leyes y los principios que rigen y se practican en El Estado de Carolina del Norte y Los Estados Unidos de Norte América.
CAPITULO 3
Las actividades de la organización serán llevadas a cabo sin ningún tipo de beneficio o ganancia económica para ningunos de sus miembros en particular.
CAPITULO 4
La organización podrá emplear a miembros o a cualquier otra persona para que presten servicio en la misma, por ej.: empleados de mantenimiento y limpieza o cualquier otro servicio.
Ningún miembro de la Junta Directiva podrá ser contratado como empleado permanente de la organización. En el caso de que un miembro este empleado y sea electo para un cargo en la Junta Directiva, tendrá que renunciar como empleado para tomar posesión como directivo, si no lo hace antes de la reunión de toma de posesión, se entenderá que renuncia a la posición para la que fue electo y se procederá a cubrir el cargo en la forma que se dispone en los estatutos.
CAPITULO 5
La organización podrá tener emblemas: BANDERA, ESCUDO E HIMNO, que sea acordado por la Asamblea General, pero una vez establecidos solo podrán ser suprimidos o modificados en una Asamblea Extraordinaria, convocada expresamente al efecto y por el voto conforme de las dos terceras partes.
INGRESOS Y CLASES DE MIEMBROS
INGRESOS
CAPITULO 6
Para ser miembro de esta organización se requiere:
1.Ser una persona de buena conducta, costumbres y moralidad.
2.Tener 18 o mas años de edad.
3.Ser recomendado por un miembro de la organización.
4.Que su solicitud sea aprobada por la Junta Directiva.
NOTA:
Mientras se crea la Junta Directiva, el Comité Gestor se convierte en directiva temporaria para la aprobación de solicitud de miembros hasta la creación de la Junta Directiva, la cual será elegida en la primera Asamblea General.
CAPITULO 7
Requisitos para la solicitud:
1.Llenar completamente una aplicación para socio.
2.Dos fotos 2x2
3.Pago de la cuota establecida para la solicitud
4.Ser sometida a la consideración de la Junta Directiva, en un plazo no mayor de 15 días a partir de la fecha en que fue recibida.
5.La Junta Directiva no tendrá que dar explicaciones de las razones por las cuales la solicitud fue aceptada o rechazada.
CAPITULO 8
El solicitante será notificado, de la aceptación o rechazo a su solicitud, en un término prudente. Si fue aceptada, deberá iniciar el pago de la cuota mensual, para ser incluido en la relación de miembros y comenzar a disfrutar de los derechos y deberes de la organización; con la salvedad de que deberá pasar un período de prueba y observación de tres meses.
Si la solicitud fue rechazada, se le devolverán todas sus pertenencias, incluyendo la couta de inscripción.
CAPITULO 9
Los socios casados tienen ambos (esposo y esposa) los mismos deberes y derechos en la organización, exepto el pago de la cuota, que será como si fuesen una sola persona.
Tienen voz y voto en las Asambleas y pueden ser miembros de la Junta Directiva. Cada uno de los cónyuges es responsable de sus actos, pero en caso de que uno de ellos renuncie, sea sancionado o expulsado de la organización y el otro desee continuar siendo miembro, este, deberá cumplir con el pago de la cuota y todos los demás deberes con la organización.
CAPITULO 10
Los hijos de los socios tendrán derecho de visitar las instalaciones y las depedencias donde se encuentre alojada la organización y a participar de todas sus actividades, mientras sean menores de 18 años. Los mayores de 18 años solteros y estudiantes a tiempo completo pagarán una cuota preferencial.
El socio deberá acreditar ante la junta directiva que su hijo o hija reune los requisitos exigidos para disfrutar de tales beneficios.
CAPITULO 11
La membresía será clasificada de la siguiente manera:
- Fundadores
- Honoríficos
- Activos
- Pasivos
- Transeúntes
Con cuotas Diferentes para cada categoría y exención para aquellas aprobadas (Ej. Honorarios y Fundadores).
Definición de las categorías:
Fundadores
El que así figura en el Acta de Constitución del Club Dominicano de Charlotte, Inc. a la fecha de su incorporación escogidos por la primera Junta Directiva.
Activos
El que solicita desde un principio esta categoría y paga la cuota correspondiente. También podrá ser Socio Activo el Socio Fundador, el Socio(a) Pasivo residente en el estado de Carolina del Norte, y los hijos(a) de Socio Pasivo, mayores de 18 años que residan en el estado, que lo soliciten por escrito y sean aceptados por la Junta Directiva.
Los Cargos de Presidente, Vice-Presidente y Tesorero solamente podrán ser ocupados por Dominicanos y sus desendientes.
Pasivos
Es el que solicita esta categoría. Que sea mayor de 18 años y sea aprobado por la Junta Directiva. Los mismos disfrutarán de todas los derechos de un miembro Activo pero sin derecho de voz ni voto.
Honoríficos u Honorarios
Cualquier persona que sea merecedora de tal honor, previa solicitud de la Junta Directiva, con la opinión favorable de éstas por más de las dos terceras partes de la directiva.
(Exenta de cuota).
Las autoridades diplomáticas dominicanas acreditadas en el país (o el Estado) y los expresidentes del club pertenecerían a esta clase de socio.
Transeunte
Toda persona residente fuera del estado de Carolina del Norte que quiera pertenecer al club o miembro que se ausente por un período de 6 meses o más. Ambos pagarían una cuota mínima, a ser establecida por la directiva.
(Cuota preferencial)
Dentro de las categorías también deben derivar las siguientes:
Esposa(o) / Hijo(a) de Socio
La(el) esposa(o) y el hijo(a) del Socio(a) que disfruta de los derechos de los socios, pero que está incluído en esta categoría porque no pagan membresía. En el caso de los hijos(as) de los socios, tendrán esta categoría hasta tanto cumplan la mayoría de edad (18 años) y pasarían a formar parte como socios individuales pagando couta individual. Lo mismo sucede con las esposas(os) de Socios(as) si llegaran a divorciarse o enviudar.
Estos no pagarían inscripción al cambiar de categoría.